El Concejo de esta ciudad sancionó una ordenanza que reglamenta la actividad local de tatuado y aplicación de piercing (aros) y establece medidas de higiene y prevención de la transmisión de enfermedades como hepatitis o sida.
La norma exige que los locales donde se practica el rubro deben estar limpios, desinfectados, en buen estado y tener un botiquín para primeros auxilios. Los aplicadores de piercing y tatuajes deberán poseer libreta sanitaria y estar vacunados contra la hepatitis A, B y tétanos. Si sufren heridas o lesiones en la piel, se abstendrán del contacto directo con los clientes, el instrumental y los materiales, hasta tanto estén recuperados completamente.
Los materiales que se utilizan para estas prácticas deberán ser descartables o estar esterilizados con calor seco, húmedo, ácido peracético o glutaraldehido.
Finalmente, los menores de edad no podrán accederán a estos servicios sólo en presencia de sus tutores y dependerá del Ejecutivo la verificación del cumplimiento de las exigencias.
– La Capital de Rosario