San Juan. Reglamentarán el uso de los contenedores en los espacios públicos

El proyecto de ordenanza se debatirá en la última sesión ordinaria. Los vecinos tendrán que solicitar autorización para colocar un contenedor en la vía pública y deberán pagar un canon diario.

El crecimiento de la construcción, refacción de edificios y viviendas demanda la utilización de los servicios de contenedores para retirar los escombros que se generan. Por tal motivo, los vecinos de Rawson comenzaron a padecer inconvenientes porque los grandes recipientes permanecían más de quince días ocupando espacio en la vía pública, o en muchas circunstancias eran instalados directamente en las veredas, perjudicando el tránsito de los peatones. La situación se complica cuando son retirados, pues en la mayoría de las ocasiones se derrama la basura de los recipientes que llevan, porque están repletos de material .
Por tal motivo, el Concejo Deliberante de Rawson se prepara para debatir una ordenanza que determine exigencias que deberán cumplir las empresas que presten el servicio de alquiler de contenedores dentro de los límites del departamento.
El proyecto de la concejal Silvia Pérez será debatido en comisión el viernes en la última sesión del cuerpo, siendo incorporado en el orden del día. La futura norma legal define como “servicio de contenedores” a la actividad por la que una empresa pone a disposición de un particular, durante cierto tiempo, un recipiente de gran capacidad, a fin de retirarlo posteriormente con el contenido que dicho particular haya depositado en él.
Los responsables de la empresa tendrán que solicitar una habilitación municipal en la que se identificará el domicilio legal donde se colocarán los contenedores y los vehículos que utilizarán para su traslado. En el acto de la habilitación, la empresa deberá registrar e identificar todos los contenedores que colocarán en la actividad en el departamento. La misma consistirá en un número de serie que deberá guardar una secuencia continua. Pérez comentó que actualmente, en el mejor de los casos, los recipientes tienen pintado el número telefónico de la empresa, careciendo por ejemplo de luces refractarias que permitan una mayor visibilidad para los automovilistas cuando éstos están ubicados en la vía pública. Por eso se exigirá que figure el nombre de la empresa, el domicilio, el número de teléfono, el número de identificación de acuerdo a la habilitación municipal y una faja fluorescente para lograr una mejor identificación.
El tiempo que podrá permanecer en la vía pública un contenedor será de siete días corridos posterior a la autorización municipal y los vecinos deberán presentar una nota en la mesa de entrada del Poder Ejecutivo Municipal solicitando ante la Secretaría de Obras Públicas la autorización correspondiente.
Una vez autorizado, se deberá tributar en rentas un canon por día por el derecho de ocupación de la vía pública, el cual se establecerá en la Ordenanza Tributaria Anual.
Las empresas que brindan este servicio tendrán que pagar un canon anual por la actividad, aunque su sede comercial no se encuentre en el departamento. El contenido de los contenedores no deberá sobrepasar el borde superior, y cuando se produzca el traslado del mismo, deberá ser cubierto para evitar que el contenido se desparrame por las calles.
Las sanciones por los incumplimientos de la legislación que realicen los empresarios y los vecinos se pagarán en multas en litros de naftas que serán explicitados a través de la ordenanza tributaria que se sanciona cada año. Los titulares de las empresas que prestan el servicio gozarán de un periodo de 180 días para cumplir con los requisitos que establezca la ordenanza una vez promulgada. La concejal Pérez comentó que en la provincia no hay una norma legal que ordene la actividad y que solamente algunas ciudades del país legislaron sobre la actividad.

– El Zonda