La Comisión de Declaraciones, Derechos y Garantías vivió este martes una nueva jornada densa y, al mismo tiempo, de las más celebradas por los convencionales.

Sobre la mesa aparecieron algunos de los artículos más esperados: el derecho a un ambiente sano, equilibrado y sustentable, y el derecho al agua como bien colectivo.

Ambos textos fueron aprobados con amplios consensos, pero no sin tensiones: La Libertad Avanza (LLA) se mantuvo en su rol opositor y volvió a presentar dictámenes en minoría.

Derecho al ambiente, el agua y entornos digitales

El artículo sobre ambiente fue uno de los puntos altos de la jornada. Reconoce el derecho de toda persona “a gozar de un entorno saludable”, la obligación de cuidarlo con “enfoque intergeneracional” y la responsabilidad del Estado de “impulsar políticas públicas” basadas en principios como la prevención, la solidaridad y la acción climática.

“Sin ambiente no hay futuro”, resumió el socialista Gino SvegliattiVictoria Capoccetti (Activemos) fue más allá: “Estamos sentando las bases de la Constitución que necesitamos”.

La Libertad Avanza, en cambio, intentó matizar el entusiasmo. Elisabet Vidal habló de “sostenibilidad ambiental en línea con el desarrollo productivo”, mientras que Juan Pedro Aleart cuestionó que se agreguen nuevas normas cuando, a su entender, “los derechos ya están protegidos”.

El otro gran debate se dio con el artículo que reconoce al agua como bien colectivo, esencial para la vida humana y el desarrollo productivo, y que establece el acceso universal y asequible como obligación del Estado. El texto obliga a gestionar los recursos hídricos de manera integrada y sostenible, contemplando cuencas, humedales y seguridad hídrica.

Los bloques mayoritarios celebraron el consenso. Facundo Olivera (Más para Santa Fe) y Gisel Mahmud (Unidos, PS) destacaron que se trata de una “deuda histórica” de la Constitución provincial.

Pero LLA se desmarcó nuevamente: Vidal anunció un dictamen en minoría al considerar el concepto de derecho al agua como “ambiguo e impreciso”, y Aleart fue más duro: “Es una mentira que el acceso al agua va a solucionar los problemas cuando Aguas Santafesinas está fundida y hace 20 años que no se hacen obras”.

Capoccetti le salió al cruce: “El artículo obliga al Estado a articular políticas públicas. Es para el presente. Negarse a negociar no es democrático, sino una postura dictatorial y sesgada”.

La jornada también incluyó avances en otros derechos de nueva generación, como los digitales —que reconocen la conectividad, la ciberseguridad y la protección de datos— y las medidas de acción positiva frente a desigualdades estructurales.

Sobre los derechos digitales, el texto propuesto asegura el acceso universal y equitativo a la conectividad, la infraestructura tecnológica y la alfabetización digital, al tiempo que protege la privacidad, la autonomía mental y los datos personales. “Queremos una tecnología al servicio de los derechos humanos”, sintetizó la socialista Gisel Mahmud. Para la mayoría, estos artículos colocarán a Santa Fe en la vanguardia normativa del país; para LLA, en cambio, son innecesarios porque “los derechos ya están reconocidos en la Constitución”.

Así y en todos los casos, la bancada libertaria volvió a quedar en soledad con sus dictámenes de minoría. Esa actitud, que sus representantes justifican en la “defensa de convicciones”, chocó con la búsqueda de consensos del resto de los bloques.

Unidos forzó la firma de cinco dictámenes y la oposición se retiró del recinto

Los artículos consensuados

Derechos soberanos: “El pueblo y los organos del Estado que él elige y ejercen la potestad de gobierno estan sometidos a los limites que establece esta constitución, la CN, los instrumentos internacionales con jerarquía constitucional, los demás tratados internacionales ratificados por el Estado argentino y las leyes dictadas en consecuencia. La soberanía reside en el pueblo y emana exclusivamente de él. Nadie puede atribuirse legitimamente su ejercicio.”

Ciencia e innovación: «La provincia reconoce a la ciencia, la tecnologia y la innovación como un bien común de la sociedad, un derecho de las personas y una herramienta estratégica para el desarrollo socioproductivo, sustentable e inclusivo. Se impulsa el fortalecimiento de un sistema de innovación con el desarrollo de una institucionalidad, políticas públicas y recursos que aseguren el acceso equitativo a sus beneficios, el impulso a la investigación original, la transferencia tecnológica y la difusión del conocimiento, propiciando la articulación entre actores públicos y privados vinculados a la generación de conocimiento. La producción científica es promovida en articulación con las universidades radicadas en la provincia y organismos de ciencia y tecnología.»

Ambiente: «Toda persona tiene derecho a gozar de un ambiente sano, equilibrado, sostenible y apto para el desarrollo humano, así como el deber de cuidarlo y protegerlo con enfoque intergeneracional y de colaborar con la acción climática. El ambiente es un bien colectivo y la provincia establece políticas públicas y mecanismos especiales de protección con base en los principios de prevención, precaución, equidad intergeneracional, progresividad y no regresividad, responsabilidad, solidaridad y los derechos de acceso a la información pública ambiental, participación ciudadana, acceso a la justicia y educación ambiental. La provincia debe establecer sistemas de protección de la naturaleza, de las especies nativas y de los ecosistemas, y adoptar medidas en defensa de los animales para asegurar su bienestar y protección, conforme lo establezca la ley. Identifica áreas naturales protegidas e impulsa la sostenibilidad ambiental, social y económica de las actividades que se desarrollen en su territorio y una transición justa. Adopta las medidas urgentes y necesarias para hacer cesar las acciones que puedan producir en forma actual o inminente un daño al ambiente. De manera progresiva se debe establecer una política climática que incluya mitigación y adaptación al cambio climático, contemplando herramientas para la prevención, el logro de mayor resiliencia y facilitar la transición ecológica. Debe integrar la perspectiva climática en sus políticas públicas de acuerdo con los principios establecidos en esta Constitución. La provincia debe impulsar la gobernanza ambiental y climática multinivel, intersectorial y multidisciplinaria. Los municipios deben establecer políticas de prevención del ambiente y de acción climática en el marco de sus competencias, con base en el principio de complementariedad.»

Derecho al agua: «El agua es un bien colectivo de uso común e indivisible, esencial para la vida humana, del ecosistema y para el desarrollo productivo. Tiene una función social y ambiental, y goza de especial protección desde una perspectiva sistémica. Toda persona tiene derecho de acceso universal y asequible al agua potable y al saneamiento. El Estado estructura la política pública de gestión integrada, sostenible y planificada de los recursos hídricos, con base en la seguridad hídrica, la equidad intergeneracional, el ordenamiento territorial, el establecimiento de cuencas hidrográficas, la preservación del ciclo hidrológico y de los humedales, la interpretación más favorable para la protección de los recursos de agua y ecosistemas conexos, la información pública y la participación ciudadana. La provincia puede realizar acuerdos con otras jurisdicciones para la elaboración, implementación y evaluación de políticas de gestión, desarrollo y preservación de las cuencas interjurisdiccionales.»

Derechos de usuarios: «La provincia protege los derechos de consumidores usuarios. Gozan en sus relaciones consumos, de los siguientes derechos: a la dignidad, a la educación, al acceso al consumo sustentable, seguro y de calidad, a la educación, a la protección de su privacidad, a la indemnidad personal y patrimonial conforme a los principios de prevención, precaución y de reparación integral, a la información, al acceso gratuito a la justicia y tutela efectiva, a asociarse para la defensa de estos derechos. La provincia garantiza la protección de estos derechos mediante un sistema administrativo de defensa del consumidor, su normativa de implementación y las acciones judiciales individuales y colectivas. Adopta medidas en coordinación con los municipios de promoción de consumo sustentable, prevención de conflicto y de riesgos, tanto en el entorno físico como digital. En particular, la protección de los consumidores y usuarios hipervulnerables, la educación para el consumo, el asociativismo consumeril y la protección contra los riesgos, la publicidad, el marketing, el sobreendeudamiento de las personas consumidoras, las cláusulas contractuales abusivas y las prácticas abusivas.»

Derechos digitales: Art. 1: “Todos los derechos previstos en esta Constitución son aplicables en entornos digitales. La provincia impulsa el desarrollo y el uso ético de las tecnologías de manera segura y orientadas al bien común, preservando la centralidad y la dignidad de la persona humana. Toda persona tiene derecho a un acceso universal, equitativo, asequible, sin discriminación, continua y de calidad a la tecnología, a la conectividad y a la infraestructura tecnológica. El Estado adopta medidas para lograr progresivamente la efectividad de este derecho reconociéndose como condición para ejercer una ciudadanía plena e igualitaria, procurando la eliminación de las brechas digitales. La provincia promueve la construcción de una ciudadanía digital inclusiva, garantizando la alfabetización digital crítica, el respeto a la privacidad, la autonomía mental y la no manipulación de pensamientos, emociones, acciones o decisiones mediante el uso de tecnologías asegurando siempre el consentimiento libre, expreso, informado y revocable. Adopta políticas integrales de ciberseguridad y procura un espacio digital libre de violencia, con especial protección a los niños, niñas y adolescentes.” Art. 2: «Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales que se encuentran en entornos digitales, ejerciendo sobre ellos el control en el uso, gestión, circulación y conservación de su información personal, con especial protección sobre datos sensibles. Toda persona tiene derecho a conocer de forma clara, accesible y comprensible los criterios, parámetros y lógicas utilizados en los sistemas automatizados o algorítmicos de toma de decisiones y a que intervenga una persona humana cuando esa decisión pueda afectar sus derechos, especialmente en los que se implemente inteligencia artificial u otras tecnologías emergentes. La provincia y entidades públicas y privadas que operen en el territorio provincial tienen el deber de garantizar la transparencia, aplicabilidad, trazabilidad, auditabilidad y control humano de dichos sistemas, así como promover mecanismos de evaluación, impacto y resguardo frente a sesgos y discriminaciones.»

Medidas de acción positiva: «La provincia reconoce la existencia de desigualdades estructurales que limitan el goce pleno de los derechos de las personas. Se compromete a adoptar medidas de acción positiva para reducir sus efectos negativos y garantizar condiciones de igualdad y no discriminación, en especial y sin perjuicio de otros grupos que se encuentren en situación de desventaja estructural respecto a: la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, atendiendo su interés superior y al derecho de ser escuchados de acuerdo a su autonomía progresiva, el principio de participación paritaria de mujeres, la igualdad sustantiva de ellas y de las diversidades en todos los ámbitos, garantizando la protección integral frente a toda forma de violencia y discriminación, el rol activo de la juventudes en la vida social, económica, política y cultural, asegurando mecanismos institucionales para la real participación y toma de decisiones, el cuidado de las personas mayores que garantice su dignidad, autonomía e independencia, la participación plena y efectiva de las personas con discapacidad promoviendo los apoyos y ajustes razonables con enfoque de diseño universal y accesibilidad, la persistencia y prexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios y su comunidades, el abordaje de la indigencia, la pobreza y la exclusión, y la promoción de la equidad territorial para superar la discriminación por razones geográficas en la provincia de Santa Fe.»